¿Conoces tus derechos laborales?

por | Ene 31, 2025 | Actualidad

Las personas que conviven con enfermedades crónicas, como la migraña y otras cefaleas primarias, enfrentan numerosos desafíos en el entorno laboral. A menudo, la banalización y la falta de comprensión de estas enfermedades por parte de las empresas pueden convertir la jornada laboral del trabajador en una fuente de estrés, lo que afecta tanto a su salud como a su continuidad en la empresa.

Sin embargo, cuando se implementan los ajustes adecuados en horarios, jornadas y condiciones laborales, se logra mejorar significativamente la calidad de vida del trabajador, preservando su autonomía y garantizando su continuidad profesional y, evitando así renuncias por causas evitables. Más allá de ser una cuestión de comprensión, ofrecer un entorno inclusivo es también una estrategia inteligente desde el punto de vista empresarial. Adaptar los puestos de trabajo a las necesidades de quienes padecen enfermedades crónicas no solo es un deber legal, sino también una medida para fortalecer la reputación corporativa, contribuyendo a construir una sociedad más equitativa y cohesionada.

En el marco legal español, España protege a los trabajadores garantizando su derecho a desarrollar sus funciones en condiciones que no comprometan su salud. En el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores, y en los artículos 15 y 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se establece que las empresas deben implementar las modificaciones necesarias para asegurar una integración laboral segura y adecuada. Estas adaptaciones pueden incluir la flexibilización de horarios, cambios en la forma de llevar a cabo determinadas tareas, el aumento de pausas durante la jornada, la opción del teletrabajo o la reubicación en un puesto vacante acorde a las condiciones anteriores del trabajador, entre otras.

En este contexto, como trabajadores con una enfermedad crónica, debemos empezar por el principio: solicitar una adaptación laboral con la presentación de un escrito formal al departamento de recursos humanos de la empresa, acompañado de los informes médicos pertinentes. Una vez entregado el documento, la empresa tiene la obligación de evaluar la solicitud a través del Servicio Médico del departamento de Prevención de Riesgos Laborales y dar una respuesta justificada por escrito.

En algunos casos, la falta de respuesta puede interpretarse como una desestimación de la solicitud, lo que permite al trabajador recurrir a la Inspección de Trabajo o iniciar un procedimiento judicial. Asimismo, es posible que la empresa rechace la solicitud, en cuyo caso deberá justificar detalladamente los motivos de su negativa. No obstante, en el caso de que se lleve a cabo la adaptación solicitada, pero esta no sea suficiente para cubrir las necesidades del trabajador, este tiene derecho a recurrir nuevamente a la Inspección de Trabajo o emprender acciones legales.

Para evitar problemas durante el proceso, es fundamental que todas las comunicaciones con la empresa se realicen por escrito, asegurando así el respaldo de pruebas documentadas en el caso de realizar reclamaciones futuras. Esta precaución permitirá demostrar la fecha en la que se inició a la solicitud.

Las medidas mencionadas son aplicables a cualquier trabajador/a con una enfermedad crónica, pero en el caso específico de la migraña, desde AEMICE hemos elaborado la guía “La migraña en el trabajo”, que ofrece recomendaciones para mejorar la inclusión laboral de las personas con migraña. Al solicitar una adaptación en el trabajo, los empleados pueden compartir esta guía con la empresa como recurso informativo.

 

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